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Esta Fundación fue creada para asistir a las personas con discapacidad intelectual cualquiera sea su causa u origen, entendiendo que el máximo criterio de Admisión es:
"Se atenderá a toda persona con discapacidad intelectual siempre y cuando su necesidad pueda ser satisfecha por la Fundación, sin importar su sexo, religión, nacionalidad, condición social, cultural y económica, entendiendo que esta Fundación cumple con un rol social irrenunciable, debiendo hacer prevalecer en todos los casos la justicia social y la acorde distribución de los esfuerzos y los fondos".
Los siguientes criterios rigen para todos los Centros de la Fundación Nosotros.
ADMISIÓN | PERMANENCIA | EGRESO
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ADMISION |
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La persona aspirante a ingresar, deberá presentarse acompañado de sus Padres o Curador, los cuales serán responsables de dar cumplimientos a las normas, condiciones y requerimientos que la Fundación Nosotros exija. |
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No serán aceptadas en ninguno de los Servicios prestados por las Fundación, personas con conductas que puedan dañarse a si mismo, a sus pares física o psíquicamente. |
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No se excluirá a la persona con discapacidad intelectual con discapacidad motora, siempre y cuando tenga resto residual para poder ejercer las actividades de cada Servicio (Laborales, Pedagógicas, Terapéuticas, etc.). |
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En el caso específico del Centro de Formación Laboral, la edad máxima cronológica para su ingreso estará supeditado a la evaluación técnica de su capacidad Laboral, teniendo en cuenta que el tiempo mínimo de preparación será de 3 (tres) años y el máximo de 5 (cinco), años dependiendo de cada caso en particular. |
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En el caso específico del Hogar se le otorgara este servicio a aquellas personas que padezcan Discapacidad Intelectual, desde una edad cronológica de 14 años, siendo este servicio capaz de recibir tanto a personas concurrentes del Centro de Día, como del Centro de Formación Laboral, durante los doce meses del año. |
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El ingresante en todos los casos, deberá ser evaluado por el Equipo de Evaluación, el cual estipulara las condiciones, para poder decidir su ingreso. |
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Para su evaluación se fijará una primera entrevista entre los Padres o Curadores con Autoridades de la Fundación Nosotros, en la cual se le explicará y mostrará el funcionamiento, objetivos, servicios de la misma y requisitos de la evaluación. Las fechas para estas evaluaciones serán estipuladas dentro de las fechas correspondientes al periodo del 1 de febrero hasta el 31 de octubre. |
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Una vez decidido su ingreso los padres o curadores, se pondrán en conocimiento de estas condiciones, firmarán el Acta de Ingreso y deberán cumplimentar los requisitos administrativos, para que la persona interesada pueda acceder al servicio correspondiente. |
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En todos los Servicios los temas de orden administrativo, son exclusivamente privados y se tratan en la Administración de este Fundación. | |
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PERMANENCIA |
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En todos los servicios, el aprendiz o concurrente respectivamente deberá evidenciar conductas que aseguran su integridad física, psíquica y la de los demás. |
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En el caso exclusivo del Centro de Formación Laboral, el aprendiz no podrá faltar por causas injustificadas y deberá, en caso de ausencias, presentar el justificativo médico correspondiente dentro de las 48 hs., teniendo que presentar en forma obligatoria el correspondiente certificado de Alta Medica para reinsertarse al trabajo. |
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En el caso del Centro de Día, se deberán justificar las inasistencias con comprobante médico respectivo y no podrán exceder los veinte (20) días de ausencia injustificadas anuales, teniendo que presentar en forma obligatoria el Alta Medica para reinsertarse en la actividad. |
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Se deberá presentar la correspondiente certificación médica por tratamiento prolongado. |
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Para la administración de medicamentos en los casos que fuera necesario, se deberá presentar la correspondiente certificación médica, en donde se indicará las dosis medicadas con los horarios correspondientes, en los casos que para aplicar estas medicaciones, sea necesario la actuación de un profesional (médico, enfermera u otro especialista) el mismo será provisto por el Padre o Curador. |
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Se deberá informar de inmediato el cambio de medicación en el caso que lo hubiere, con el certificado médico actualizado detallando la dosis del mismo. |
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De no cumplirse con los puntos antes mencionados, la Fundación no administrará los medicamentos y no se hará responsable de las consecuencias ocasionadas por este acto, pudiendo el joven ser egresado de no revertirse esta situación inmediatamente. |
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Para el Centro de Formación Laboral y el Centro de Día, las actividades comenzarán el primer día hábil del mes de Febrero y culminarán el finalizar la primera quincena del mes de Diciembre, respetando el calendario anual. |
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Para el Centro de Formación Laboral y el Centro de Día, el receso de actividades corresponde en verano, a la segunda quincena del mes de Diciembre y el mes de Enero completo. El receso invernal se realizará el mes de Julio con una duración de catorce (14) días. En ambos casos se deberá reintegrar el primer día hábil que corresponda. |
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Para el servicio de Hogar, las actividades se realizan durante todo el año salvo en los casos en que se pauten días de concurrencia específicos. |
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Para el Centro de Día, será de uso obligatorio los uniformes de invierno y verano según corresponda, las características del mismo serán descriptas por las direcciones correspondientes en la entrevista de ingreso .En el caso del Centro de Formación Laboral el aprendiz deberá usar la indumentaria requerida según el Taller en el que se desarrolle su aprendizaje, por motivos de higiene y normas de seguridad. |
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Al efectuarse el ingreso al Servicio del Hogar, se le proveerá a los Padres o Curadores de un listado en el cual figurara la ropa y elementos de uso personal del Concurrente, los cuales contaran con la necesaria identificación. Dicha identificación constara del nombre y apellido del concurrente y deberán realizarse en todos los elementos pertenecientes al mismo. La ropa y los elementos personales, serán inventariadas cada cambio de estación, en caso de ser necesario actualizar los mismos serán provistos por el Padre o Curador, debiendo la Dirección del Hogar confeccionar un listado de los necesario. |
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En todos los casos, los Padres o Curadores, deberán asistir a las reuniones y entrevistas personales que disponga esta Fundación, por medio de sus distintas Áreas para el mejor seguimiento personal y atención de la persona. |
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Los Padres o Curadores deberán leer, firmar y cumplir con la libreta o cuaderno de comunicaciones, el que se tomara como único instrumento para implementar las dudas y / o consultas, en caso que sea necesario. En los casos extraordinarios que lo expuesto anteriormente no se pueda implementar se podrá realizar la consulta telefónica y luego se verterá en dicho cuaderno de comunicación. |
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Las reuniones de Padres y Familia se realizarán dentro de la " Escuela Padres y Familia", la que pertenece a esta Fundación, las mismas se realizan en el horario estipulado por ella y son abiertas para los padres y familiares de todos los Servicios. |
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Para el Servicio del Hogar, los familiares podrán visitar a los jóvenes en todas las ocasiones que lo deseen, siempre y cuando exista una previa comunicación escrita. En los casos que esto no fuera posible por circunstancias especiales, dicha comunicación se podrá realizar por teléfono, dejándolo escrito en el cuaderno de comunicaciones en el momento que se realice dicha visita. No se podrá realizar la visita sin previo aviso ya sea escrito o por teléfono según las situaciones descriptas anteriormente. |
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Para el Servicio del Hogar, las salidas de la Institución estarán concertadas con la dirección del Servicio. Solamente en los casos justificados por escrito se podrá variar esta cláusula. |
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En todos los Servicios, para poder visitar o retirar a las personas, los Padres y Curadores deberán llenar una planilla, provista por la Fundación, donde se indicará el nombre y apellido de las mismas, las cuales estarán autorizadas a visitar y / o retirar de la Institución a los concurrentes, además figurará, en dicha planilla, la forma elegida para retirar al joven. |
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Para todos los Servicios, se deberá presentar ante las direcciones correspondientes los certificados de vacunación, teniendo en cuenta que es obligatorio tener la vacuna antitetánica con sus refuerzos correspondientes, además de ajustarse a la campañas de vacunación provistas por el Estado Nacional, Provincial y / o Municipal. En caso de tener contraindicaciones médicas se deberá presentar el correspondiente certificado. |
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El Director de cada Servicio será el responsable del retiro de los concurrentes, teniendo la posibilidad de generar sistemas de control al respecto. | |
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EGRESO
El Egreso se podrá efectuar por las siguientes causas: |
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En todos los casos el aprendiz o concurrente, podrá ser egresado, por o cumplir con las normas de Permanencia mencionadas anteriormente, por parte de él, de sus Padres o Curadores. En este caso se redactará un informe y un Acta de Egreso los que serán firmados por la Autoridad del Área y los Responsables del interesado en el cual se volcará el estado actual y la causa de egreso del mismo, se entregará al Padre o Curador una copia de igual tenor y el original cerrará su legajo. En el caso que pida nuevamente su ingreso deberá cumplir con todas las pautas de admisión. |
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En todos los Servicios, se podrá dar el Egreso por decisión propia de los Padres o Curadores. En el caso que así lo decidiera la Institución tiene la obligación de hacer un informe y el Acta de Egreso detallando el estado actual del joven, de todos sus progresos y de la situación en que abandona la misma, firmado por la Autoridad del Área y los Padres o Curadores a los cuales se le entregará una copia del mismo tenor y el original cerrará su legajo .En el caso de pedir nuevamente su ingreso, deberá cumplir con todas las pautas de admisión. |
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También podrá hacerlo por necesidad propia del joven, de recibir otro tipo de atención el cual ninguno de estos Servicios le pueda otorgar y fundamentalmente no le aporte soluciones a su problemática. En este caso, se redactará un informe de su estado actual, el Acta de Egreso detallando la causa y será firmada por las Autoridades del Área y los Padres o Curadores quienes recibirán una copia de igual tenor y el original cerrará su legajo. |
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En el caso exclusivo del Centro de Formación Laboral, podrá hacerlo por la inserción laboral del aprendiz, en este caso el Egreso no es definitivo sino que termina con la etapa de aprendizaje del puesto de trabajo y el mismo tendrá un seguimiento prolongado, durante el tiempo que sea necesario, regulado por los profesionales de este Servicio. En caso de que exista alguna falta de capacitación, que este Servicio pueda otorgarle o alguna especialización del mismo puesto de trabajo, este Centro tiene la obligación de atender sus necesidades reintegrándolo nuevamente, sin evaluación, cumpliendo todos los pasos administrativos. |
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En el caso del Centro de Formación Laboral, se le dará Egreso por cumplir con el plazo de preparación tiempo que dependerá de cada caso en particular. |
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En el caso exclusivo del Centro de Día Asistencial, Centro de Día Terapéutico y Centro de Día Ocupacional, podrá Egresar por superar las áreas del servicio, o sea aquel concurrente que por sus habilidades obtenga logros superiores a los esperados en la planificación específica de cada una de la áreas, será derivado al servicio correspondiente. En este caso se redactará el informe detallado y el Acta de Egreso, se entregará la copia a los responsables y el original cerrará su legajo. |
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En el caso de patologías adquiridas en el transcurso de su estadía, tanto si es en el Hogar, o en cualquiera de los otros servicios, la decisión de su Egreso quedara supeditada a las autoridades del mismo, elevando la consulta respectiva al Consejo Directivo de esta Fundación. | | |
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